viernes, 11 de enero de 2013

Reglamento Eventos Deportivos




REGLAMENTO EVENTOS DEPORTIVOS 2013
 Objeto
Las presentes bases tienen como fin regular la organización de eventos y actividades deportivas en las instalaciones deportivas municipales. En el mismo se reflejan las obligaciones de los beneficiarios de las instalaciones, así como las que marca la ley de espectáculos públicos de Andalucía y que son de obligado cumplimiento.
Condiciones generales
Las actividades deberán de ser tratadas por al Consejo Asesor de Deportes en las diferentes reuniones que este órgano realiza asiduamente, con el fin de no saturar el programa de actividades y eventos en el mismo tiempo.
1.- La actividad deberá de ser solicitada ante el registro municipal del Ayuntamiento, como mínimo 1 mes antes de la celebración y haber sido informada de la misma en el CAD anterior. En el modelo de solicitud se deberá de hacer constar todos los aspectos que la actividad implica, así como la aportación municipal a la actividad, todo lo no contemplado en la misma no se autorizará.
2.- Se emitirán sendos informes por la parte competente del Ayuntamiento de la localidad: policía local, técnico de deportes y en caso de realizarse algún tipo de instalación especial el informe de los Servicios Técnicos Municipales. Que se elevarán a la instancia política y se dará un plazo de tiempo para cumplir con las diferentes normativas de obligado cumplimiento para el desarrollo de la actividad o del evento público.
                        - Es competencia del interesado cumplir, velar y hacer cumplir las normas establecidas, las que marca la ley:
            * Ley de espectáculos públicos y actividades Recreativas de Andalucía, es ineludible y obligatoria la contratación por los organizadores de una póliza de seguro colectivos de accidentes y responsabilidad civil para la cobertura de los riesgos que podrían derivarse, con capital mínimo asegurado de 151.000 €uros para el caso de muerte e invalidez.
Y los que se refieren al consumo de productos y la expedición de los mismos en los recintos deportivos (anexo)
3.- El interesado deberá aportar la documentación que quede relacionada en los documentos públicos que realicen los técnicos.
4.- Una vez presentados los mismos y comprobada la validez de los mismos se formalizará la autorización con el correspondiente decreto de alcaldía. Todo evento que no reciba dicha autorización no se podrá realizar.
5.- Los interesados deberán depositar en la cuenta del ayuntamiento la fianza que establecen los precios públicos de 2013.

A)     Accesorios, material y máquinas expendedoras




Concepto

Cuota

Fianza evento deportivo de 1 día
        100,00 €

Fianza evento deportivo de fin de semana
        200,00 €






  1. Obligaciones y Derechos de los interesados
- Las instalaciones que no dispongan personal serán entregadas a los solicitantes con una visita a las mismas con el técnico municipal responsable de la instalación cedida, la misma deberá de ser devuelta en las mismas condiciones que se han entregado, para ello el personal técnico acudirá en visita a la instalación cedida de la cual se realizará un informe de la situación de la instalación.

- La instalación que aún disponiendo de personal será revisada previo y posterior a su uso, para que sea devuelta en las mismas condiciones con las que se le hizo entrega a los/as interesados/as.

Es obligación del interesado informar de cualquier anomalía detectada con posterioridad a la visita de los servicios técnicos, de lo contrario el interesado será responsable
Enero 2013
DELEGACIÓN DE DEPORTES

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