REGLAMENTO EVENTOS DEPORTIVOS 2013
Objeto
Las
presentes bases tienen como fin regular la organización de eventos y
actividades deportivas en las instalaciones deportivas municipales. En el mismo
se reflejan las obligaciones de los beneficiarios de las instalaciones, así
como las que marca la ley de espectáculos públicos de Andalucía y que son de
obligado cumplimiento.
Las actividades deberán de ser tratadas por al
Consejo Asesor de Deportes en las diferentes reuniones que este órgano realiza
asiduamente, con el fin de no saturar el programa de actividades y eventos en
el mismo tiempo.
1.- La actividad deberá de ser solicitada ante el
registro municipal del Ayuntamiento, como mínimo 1 mes antes de la celebración
y haber sido informada de la misma en el CAD anterior. En el modelo de
solicitud se deberá de hacer constar todos los aspectos que la actividad
implica, así como la aportación municipal a la actividad, todo lo no
contemplado en la misma no se autorizará.
2.- Se emitirán sendos informes por la parte
competente del Ayuntamiento de la localidad: policía local, técnico de deportes
y en caso de realizarse algún tipo de instalación especial el informe de los
Servicios Técnicos Municipales. Que se elevarán a la instancia política y se dará
un plazo de tiempo para cumplir con las diferentes normativas de obligado
cumplimiento para el desarrollo de la actividad o del evento público.
-
Es competencia del interesado cumplir, velar y hacer cumplir las normas
establecidas, las que marca la ley:
* Ley de espectáculos públicos y actividades
Recreativas de Andalucía, es ineludible y obligatoria la contratación por los
organizadores de una póliza de seguro colectivos de accidentes y
responsabilidad civil para la cobertura de los riesgos que podrían derivarse,
con capital mínimo asegurado de 151.000 €uros para el caso de muerte e
invalidez.
Y los que se refieren al consumo de productos y la
expedición de los mismos en los recintos deportivos (anexo)
3.- El interesado deberá aportar la documentación
que quede relacionada en los documentos públicos que realicen los técnicos.
4.- Una vez presentados los mismos y comprobada la
validez de los mismos se formalizará la autorización con el correspondiente
decreto de alcaldía. Todo evento que no reciba dicha autorización no se podrá
realizar.
5.- Los interesados deberán depositar en la cuenta
del ayuntamiento la fianza que establecen los precios públicos de 2013.
A)
Accesorios,
material y máquinas expendedoras
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Concepto |
Cuota |
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Fianza
evento deportivo de 1 día
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100,00 €
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Fianza
evento deportivo de fin de semana
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200,00 €
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- Obligaciones y Derechos de los interesados
- Las instalaciones que no dispongan personal serán
entregadas a los solicitantes con una visita a las mismas con el técnico
municipal responsable de la instalación cedida, la misma deberá de ser devuelta
en las mismas condiciones que se han entregado, para ello el personal técnico
acudirá en visita a la instalación cedida de la cual se realizará un informe de
la situación de la instalación.
- La instalación que aún disponiendo de personal
será revisada previo y posterior a su uso, para que sea devuelta en las mismas
condiciones con las que se le hizo entrega a los/as interesados/as.
Es obligación del interesado informar de cualquier
anomalía detectada con posterioridad a la visita de los servicios técnicos, de
lo contrario el interesado será responsable
Enero
2013
DELEGACIÓN DE DEPORTES
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